Imagínate ir a jubilarte después de toda una vida trabajando y que la Seguridad Social te diga que no has cotizado lo suficiente. Esto es lo que le pasó a una mujer en noviembre del 2022, después de que tras calcular haber cotizado lo suficiente y ya tenía la edad de jubilación correspondiente, solicitase su pensión. Y para su sorpresa, Hacienda le dijo que no había cotizado lo suficiente, y todavía no podía jubilarse.
El problema se debió a que ella había estado inscrita indebidamente como autónoma al trabajar para una empresa, y al final la justicia hizo que fuera la empresa la que pagase casi un cuarto de su pensión de jubilación al comprobar que no le llegaba.
Había estado cotizando como falsa autónoma. De 2028 a 2014, esta trabajadora estuvo prestando servicios para la aseguradora Ocaso inscrita como autónoma, y pagando durante todo ese tiempo sus propias cuotas para la Seguridad Social. Sin embargo, dos años después de dejar de trabajar para ellos, un un Juzgado de lo Social determinó que esa relación entre ella y la empresa era laboral, había estado trabajando como falsa autónoma.
Como consecuencia de esto, la empresa fue condenada a pagarle a la Seguridad Social más de 16.800 euros correspondientes a las cotizaciones del periodo en el que la mujer había estado como falsa autónoma para ellos y todavía no había prescrito.
Pero la cosa no quedó ahí, y se complicó más cuando en noviembre del 2022 la trabajadora solicitó su pensión de jubilación, y desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social se la denegaron porque solo había cotizado 4.438 de los 5.473 necesarios.
La responsabilidad es de la empresa. Después de que reclamase, el Juzgado de lo Social número 1 de Bilbao acabó reconociéndole a la trabajadora su derecho a la pensión. También decidieron aplicar el principio de proporcionalidad en la responsabilidad por falta de cotización, y sentenciando que fuera la empresa la que asumiera el 21,12% de esa pensión, mientras que el resto sería pagado por la Seguridad Social.
La empresa recurrió pidiendo la reducción del porcentaje de lo que debían asumir al 2,46%, alegando que la trabajadora ya había estado cotizando por su cuenta. Fue entonces cuando el caso llegó al Tribunal Supremo de Justicia del País Vasco, que rechazó el recurso tras considerar que el que la trabajadora cotizase y pagase sus propias cuotas no podía beneficiar a la empresa.
Para el TSJ del País Vasco, es el empleador el responsable de encuadrar a sus trabajadores correctamente como tales. Como resultado, es la empresa la que tendrá que asumir el 21,12% de la pensión, y la Seguridad Social el 78,88% restante.
La sentencia también establecía que debían tenerse en cuenta las cotizaciones que deberían haberse realizado tanto en los periodos que ya habían transcrito como en los que no. El objetivo era proteger a la trabajadora del incumplimiento empresarial, evitando que perdiera derechos o tuviera menos jubilación de la que debía.
Imagen | pxhere.com
En Xataka Basics | Solicitar carnet para jubilados de la Seguridad Social y aprovechar descuentos
–
La noticia
La pensión de jubilación de una falsa autónoma sufrió un recorte inesperado. El TSJ tuvo claro quién pagaría la diferencia
fue publicada originalmente en
Xataka
por
Yúbal Fernández
.

