Cada vez que haces una llamada o envías un mensaje de texto, tu operador registra a qué celda (área de antena) estaba conectada tu teléfono cuando comenzó la comunicación. La ley en España exige conservar ese registro durante doce meses. Además, un juez puede ordenar que se entreguen estos datos si hay una investigación policial en curso, y tu operador ni siquiera tiene que informarte de ello.
Sin embargo, a pesar de que la norma sigue vigente y publicada en el BOE desde el 2007, el tribunal supremo de la UE no está muy conforme, y de hecho en anteriores ocasiones ha fallado en contra de esta normativa.
Localizados. Los registros de antenas son un rastro aproximado de dónde ha estado un teléfono. Si se vinculan con llamadas o mensajes específicos, pueden situar a un dispositivo en un área más o menos concreta (aunque nunca exacta). Son datos que se almacenan sobre todo el mundo, y precisamente por la sensibilidad de los mismos hace que surjan roces con la normativa europea.
En detalle. La Ley 25/2007, publicada en el BOE, se aplica básicamente a todas las teleoperadoras en España que presten servicios de comunicación. En móviles, cuando se realiza una comunicación entre dos personas (llamada o SMS), se registran:
Números del ordenante y de la persona que recibe la llamada, y los nombres y direcciones de ambos abonados.Fecha, hora y duración de la llamada o mensaje, y el tipo de servicio utilizado.Los identificadores de la tarjeta SIM y del terminal (IMSI e IMEI) de ambas partes.El identificador de la celda al inicio de la comunicación, más los datos que fijan la posición geográfica de dicha celda.
El período general de conservación es de doce meses desde la comunicación. Según la ley, este periodo puede reducirse a seis meses o elevarlo a dos años.
Lo que no se almacena. La ley establece que no se podrá conservar ningún dato que revele el contenido de las comunicaciones. Solo cubre los metadatos de las llamadas, no la conversación que hayamos mantenido con nadie. Tampoco crea un rastro de GPS. Además, una celda cubre un área, no un punto preciso, por lo que puede indicar de forma aproximada dónde estuvo un teléfono, pero no de forma exacta.
Quién puede obtenerlo. En el texto del BOE se especifica que los datos almacenados solo podrán ser cedidos previa autorización judicial, y únicamente para investigar delitos graves. La orden del juez debe aplicar los principios de “necesidad y proporcionalidad” y especificar qué datos se entregan.
Además, según el reglamento, los destinatarios autorizados son los miembros de los cuerpos de seguridad que actúen como policía judicial, los funcionarios de vigilancia aduanera y el personal del Centro Nacional de Inteligencia, que la ley indica que debe trabajar bajo su propio marco de control judicial. Salvo que la orden fije otro plazo, los operadores disponen de siete días naturales para enviar esta información.
Por otro lado, el artículo 9 establece que “el responsable del tratamiento de los datos no comunicará la cesión de datos efectuada de conformidad con esta Ley”, lo que indica que ni siquiera deben de avisarte cuando la teleoperadora comparta esta información con las autoridades.
El problema legal. España redactó esta ley para transponer una directiva europea de 2006. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la UE anuló esa directiva en 2014, y en resoluciones posteriores ha mantenido en varias ocasiones que exigir a los proveedores la conservación indiscriminada de todos los datos de tráfico y localización para la prevención de delitos “vulnera el Derecho de la Unión”.
Eso sí, esto no quiere decir que la UE no mantenga excepciones, sobre todo si la información es clave para neutralizar una amenaza real para la seguridad nacional, aunque siempre bajo control efectivo y por un tiempo limitado.
En una sentencia de marzo de 2021 (n.º 727/2020), la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo sostuvo que la ley no contradice el Derecho de la UE, según comparten desde Iberley. Además, el medio comparte que el tribunal determinó que cualquier uso de los datos debe comprobarse caso por caso en cuanto a su necesidad y proporcionalidad.
Imagen de portada | Yura Fresh
–
La noticia
Tu operador guarda durante un año qué antena te daba cobertura cada vez que llamas o mandas un SMS. Y no tiene que avisarte si se la da a la policía
fue publicada originalmente en
Xataka
por
Antonio Vallejo
.

